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Tu Sueldo Justo

Convenio de hostelería de Cádiz

Convenio Colectivo provincial de Hostelería de Cádiz 2025/2028.

Ámbito
Provincial (Cádiz)
Vigencia
2025-2028
Situación
Vigente
Código de convenio
11000065011981
Última publicación
BOP de Cádiz nº 153, de 12 de agosto de 2025

Ver en el boletín oficial Comprobar mi sueldo

Tablas salariales 2026

Salario base mensual de cada nivel en 2026. Se cobra en 15 pagas: 12 mensualidades y 3 pagas extra de una mensualidad: julio, Navidad y octubre (art. 8). El salario anual va de 18.808,35 € a 22.737,00 €. Todos los niveles superan el salario mínimo de 2026 (17.094 € al año).

Qué categorías hay en cada nivel
Grupo 1
Primer jefe de recepción, primer jefe de comedor, jefe de cocina, contable general, cajero general, gobernanta, director comercial, jefe de mantenimiento, jefe de animación.
Grupo 2
Segundo jefe de recepción, de comedor y de cocina, primer conserje de día, jefe de bares, primer encargado de cafeterías, jefe de reposteros, interventor.
Grupo 3
Recepcionista, cocinero, jefe de partida, jefe de sector, contable, encargado de economato y bodega, subgobernanta, segundo encargado de cafeterías, comercial.
Grupo 4
Camarero, barman, camarera de pisos, telefonista, cajero, cafetero, oficial de reposteros, segundo conserje de día, conserje de noche, dependiente de 1.ª, socorrista.
Grupo 5
Ayudante de camarero, ayudante de cocinero, pinche, fregador, limpiador, repartidor de comida elaborada, ayudante de recepción, vigilante de noche, conductor, mozo de equipajes.
Categoría A: hoteles de 5 y 4 estrellas, restaurantes de 5 y 4 tenedores, bares y cafeterías de categoría especial, pubs, discotecas y salas de fiestas
Categoría A: hoteles de 5 y 4 estrellas, restaurantes de 5 y 4 tenedores, bares y cafeterías de categoría especial, pubs, discotecas y salas de fiestas
Nivel Al mes Al año (15 pagas) Neto por paga*
Grupo 1 1.515,80 € 22.737,00 € 1.220,98 €
Grupo 2 1.476,50 € 22.147,50 € 1.200,84 €
Grupo 3 1.447,69 € 21.715,35 € 1.186,24 €
Grupo 4 1.411,04 € 21.165,60 € 1.167,78 €
Grupo 5 1.297,14 € 19.457,10 € 1.110,22 €
Categoría B: hoteles de 3 estrellas, restaurantes de 3 tenedores, cafeterías de 3 y 2 tazas, bares de 1.ª y 2.ª, hamburgueserías y pizzerías
Categoría B: hoteles de 3 estrellas, restaurantes de 3 tenedores, cafeterías de 3 y 2 tazas, bares de 1.ª y 2.ª, hamburgueserías y pizzerías
Nivel Al mes Al año (15 pagas) Neto por paga*
Grupo 1 1.390,81 € 20.862,15 € 1.157,57 €
Grupo 2 1.313,36 € 19.700,40 € 1.118,46 €
Grupo 3 1.292,71 € 19.390,65 € 1.107,98 €
Grupo 4 1.277,17 € 19.157,55 € 1.100,15 €
Grupo 5 1.261,68 € 18.925,20 € 1.092,36 €
Categoría C: hoteles de 2 y 1 estrella, hostales, pensiones, restaurantes de 2 y 1 tenedor, cafeterías de 1 taza, bares de 3.ª y 4.ª
Categoría C: hoteles de 2 y 1 estrella, hostales, pensiones, restaurantes de 2 y 1 tenedor, cafeterías de 1 taza, bares de 3.ª y 4.ª
Nivel Al mes Al año (15 pagas) Neto por paga*
Grupo 1 1.314,20 € 19.713,00 € 1.118,91 €
Grupo 2 1.287,51 € 19.312,65 € 1.105,33 €
Grupo 3 1.272,06 € 19.080,90 € 1.097,53 €
Grupo 4 1.253,89 € 18.808,35 € 1.088,38 €
Grupo 5 1.253,89 € 18.808,35 € 1.088,38 €

*Neto estimado para una persona con contrato indefinido, soltera, sin hijos y sin antigüedad. El salario mínimo de convenio en 2026 es de 1.253,89 € al mes. No incluye antigüedad, plus de transporte (3,02 € por día trabajado), manutención ni ropa de trabajo. Casinos, salones recreativos, de juego y billares tienen tablas propias en el anexo IV, que no se muestran aquí.

Fuente: Convenio colectivo provincial de hostelería de Cádiz 2025-2028, anexo I (categorías de establecimientos), anexo II (grupos profesionales) y tabla salarial de 2026, BOP de Cádiz nº 153, de 12 de agosto de 2025. Ver el boletín. Transcrito el 29 de octubre de 2026. Si ves una cifra que no coincide con el boletín, avísanos.

Si tu sueldo queda por debajo del salario mínimo

Suma tu salario base, tus pagas extra y tus pluses salariales de un año. Si a jornada completa no llegas a 17.094 €, prevalece el salario mínimo y tu empresa tiene que completarte la diferencia, aunque la tabla del convenio sea más baja. No cuentan el plus de transporte, las dietas ni las horas extra.

Además de este convenio, el sector tiene un convenio estatal que fija reglas comunes: VI Acuerdo Laboral para el sector de la Hostelería –ALEH VI–.

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Fuentes y revisión

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